PROCESO 2: AUTÉNTICAS

Definición: Es un proceso mediante el cual el secretario departamental acredita y da fe que las firmas que anteceden al documento, de conducta, actas de graduación, es la que se utiliza en todos los documentos y se encuentran registradas en el libro correspondiente de registro de firmas, con ello se da legalidad al documento para que el interesado lo utilice como estime conveniente. 

Objetivo:  Legalizar estudios realizados en el país por cualquier estudiante, normalmente para estudios en el extranjero. Leyes y normas que regulan el Proceso  Artículo 80 de la Constitución de la Republica. 

✅Ley Fundamental de Educación.

✅Reglamento de DDE en Articulo 12, inciso a.

Nota: Si es Centro Básico solo lleva firma del director, en casos de Institutos de Educación Media lleva firma del secretario y director.

Alcance: La Secretaría de Educación es la encargada de regir el proceso educativo y todos los demás trámites que de este deriven en el país, por lo tanto, todas las gestiones que involucren traslados de centros o graduaciones deben estar refrendados por la SE a través de las diferentes DDE. 

Descripción de las actividades: El proceso se ejecuta a través de las actividades que se detallan a continuación: 

1. El solicitante ingresa su certificación a la DDE por medio de la ventanilla única acompañada de la siguiente documentación:

a. Certificación de estudios

b. Copia de acta de promoción

c. Constancia de conducta

d. Copia de la partida de nacimiento o tarjeta de identidad

e. Recibo de pago de fondos propios

Nota: en caso de ser autentica del titulo no se necesita ninguna documentación soporte. 

2. El asistente de la SD recibe la documentación y procede a cotejar las firmas con el libro de registro de firmas respectivo en la unidad de secretaría.

3. El asistente de la SD elabora la auténtica y se registra en el libro de control correspondiente para generar un número de control.

4. El secretario departamental procede a firmar y sellar la auténtica. 5. La ventanilla única se encarga de registrar en el libro de entrega y procede a devolver al solicitante.  


Flujograma:






 

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